BANDO: Mejoras realizadas en el punto limpio, residuos admitidos en dicha instalación y sanciones por incumplimiento de la ordenanza municipal reguladora de este servicio.


Durante el último año por parte del Ayuntamiento se han realizado diferentes actuaciones de mejora en el punto limpio de Munera:


1. Instalación fotovoltaica para contar con suministro eléctrico en dicho servicio.
2. Instalación de cámaras de videovigilancia para controlar el vertido incontrolado y fuera de horario de residuos.
3. Clasificación de los residuos en función de la autorización con la que cuenta el Ayuntamiento de Munera para gestionar este servicio.

 

El Punto limpio se encuentra regulado en la Ordenanza Municipal aprobada en el año 2012, y en su artículo 8 se indica lo siguiente:


1. Solo se admiten residuos generados por particulares.
2. Se prohíbe la entrada de residuos peligrosos procedentes de empresas.
3. Se prohíbe la entrada de residuos de origen industrial.
4. El horario de acceso a las instalaciones es el siguiente: De lunes a viernes: De 08.00 a 14.00 h.
Sábados: De 10.00 a 14.00 h.

Dicha ordenanza municipal también establece en sus artículos 15 y 16 el régimen de prohibiciones y sanciones, las sanciones podrán ser multas entre 100 y 1000 euros en función de su gravedad.

 

Algunas de las prohibiciones son las siguientes:

1. Depositar mezclados los diferentes residuos.
2. Depositar cualquier otro tipo de residuos que no se encuentre establecido en la ordenanza.
3. Depositar residuos fuera de los contenedores específicos.
4. Ocultar residuos de carácter peligroso dentro de bolsas o sacos.
5. Depositar residuos fuera del horario establecido al efecto.
6. Abandonar residuos de cualquier tipo en la puerta de las instalaciones del Punto Limpio de Munera, sus alrededores, ni en lugares distintos de los señalados para su depósito.

 

Por medio del presente Bando se recuerda a los usuarios de este servicio, a la vista de lo recientemente observado, que se PROCEDERÁ A SANCIONAR a todo aquel que lleve a cabo cualquiera de las prácticas anteriormente descritas como PROHIBIDAS, entre la que se encuentra la de ABANDONAR RESIDUOS EN LA PUERTA DE LAS INSTALACIONES DEL PUNTO LIMPIO.

 

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.